Resumen: Entramado organizativo dedicado de manera concertada y persistente para la introducción de sustancias estupefacientes por vía marítima con utilización de embarcaciones de diferentes tipos. Pruebas solicitadas con carácter anticipado manifiestamente innecesarias. Observaciones e intervenciones telefónicas realizadas con todas las garantías legales. Entrada y registro y diligencia de abordaje de la embarcación: nulidad de entrada y registro al realizarse sin la presencia de todos los interesados, integrantes de la tripulación. Diligencia viciada que no afecta en absoluto a la incautación de la gran cantidad de sustancia estupefaciente, cuya incautación ha sido reconocida por varios de los acusados. Entrada y registro domiciliario hecha con todas las garantías legales. Cadena de custodia mantenida. No se ha traído a la causa ninguna intervención telefónica llevada a cabo en procedimiento distinto. Delito contra la salud pública, de sustancia que no causa grave daño a la salud (hachís), en cantidad de notoria importancia, en el seno de una organización criminal, jefatura y perpetrando conductas de extrema gravedad.